Zonas afectadas por conflicto de alto riesgo (CAHRA)

Los recursos minerales naturales pueden ser un motor de desarrollo y generar ingresos y crecimiento económico para las economías locales; sin embargo, también pueden contribuir al estallido de conflictos violentos y a la explotación de las comunidades locales.

La Unión Europea (UE) se ha comprometido a garantizar que sus importaciones de minerales y metales se obtengan de forma responsable y se ajusten a las políticas europeas en materia de prevención de conflictos y desarrollo. A la luz de este compromiso, el Reglamento (UE) 2017/821 («el Reglamento») exige a los importadores de la UE de estaño, tantalio, tungsteno y oro (y los minerales que los contienen) que lleven a cabo la debida diligencia en la cadena de suministro basándose en el enfoque de cinco pasos establecido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

La Dirección General de Comercio de la Comisión Europea (DG TRADE) ha contratado a RAND Europe para llevar a cabo un proyecto destinado a elaborar una lista indicativa, no exhaustiva y actualizada periódicamente de zonas de alto riesgo y afectadas por conflictos (tal como se establece en el artículo 14(2) del Reglamento). El objetivo de este proyecto es desarrollar y mantener actualizada dicha lista de zonas de alto riesgo y afectadas por conflictos para facilitar la calibración de los esfuerzos de diligencia debida realizados por los importadores de la UE de los metales y minerales pertinentes.

Desarrollo de la metodología

RAND Europa ha diseñado una metodología para elaborar y actualizar periódicamente una lista indicativa y no exhaustiva de CAHRA relevantes para el Reglamento 2017/821. Basándose en un análisis de la legislación clave, la documentación del proyecto y las aportaciones de las partes interesadas y los expertos, el equipo de investigación diseñó esta metodología de acuerdo con el requisito de que debería:

  • Estar plenamente en consonancia con la definición de CAHRA establecida en el Reglamento 2017/821.
  • Ser coherente y congruente con la Recomendación 2018/1149 de la Comisión.
  • Ser capaz de acomodar un alcance global de análisis.
  • Ser capaz de identificar CAHRA sobre la base de evaluaciones subnacionales.
  • Incluir en su evaluación no sólo las regiones asociadas con la producción y la extracción, sino también aquellas asociadas con otras partes de la cadena de suministro y valor.
  • Incluir en lugar de excluir un CAHRA cuando se enfrente a información cuestionable, incompleta o contradictoria.
  • Sea transparente y replicable.
  • Aprovechar los recursos y métodos existentes desarrollados por instituciones y organizaciones reconocidas.
 

El desarrollo de la metodología se sustentó en las siguientes actividades:

Identificación de factores, impulsores y métricas relativas a los conflictos, la gobernanza, los derechos humanos y los productos básicos relevantes para el Reglamento 2017/821.

Identificación de fuentes de datos para recopilar y monitorear los datos necesarios para producir una evaluación sólida de las CAHRA según el Reglamento 2017/821.

Desarrollo de un flujo de trabajo metodológico y un enfoque analítico para producir una lista indicativa, no exhaustiva y actualizada periódicamente de CAHRA según el Reglamento 2017/821.

Para llevar a cabo estas actividades, el equipo aprovechó diferentes métodos de investigación:

Revisión de la literatura : esto implicó una revisión bibliográfica de escritorio de lo siguiente: literatura académica y gris relevante para la conceptualización de las CAHRA y para cuestiones de gobernanza y derechos humanos, bases de datos y repositorios de datos enumerados en la Recomendación 2018/1149, y recursos destacados por la Comisión Europea y otras partes interesadas y expertos consultados durante el estudio.

Consultas con partes interesadas y expertos : durante el desarrollo de la metodología, el equipo de investigación realizó entrevistas con partes interesadas y expertos para validar y perfeccionar el enfoque. Los expertos y las partes interesadas también brindaron comentarios sobre el informe final de la metodología.

Elaboración y actualización de una lista indicativa y no exhaustiva de CAHRA en virtud del Reglamento 2017/821

Para traducir los requisitos del proyecto en un enfoque operativo, el equipo de investigación desarrolló una metodología basada en los siguientes principios de diseño:

  • Transparencia y replicabilidad : el equipo de investigación se esforzó por diseñar una metodología que fuera transparente y replicable por terceros, pero que no comprometiera la complejidad analítica requerida para esta tarea.
  • Sistemática y objetividad : la metodología se basa en un enfoque sistemático que es aplicable a escala global y que aprovecha un conjunto consistente de fuentes de datos.
  • Triangulación de datos : cada factor e impulsor empleado para determinar si una región debe considerarse una CAHRA se evalúa a partir de múltiples fuentes de datos y perspectivas para garantizar la máxima confiabilidad de los datos empleados y del análisis resultante.
  • Optimización de datos : los recursos disponibles del proyecto se utilizan de forma eficaz y económica, reduciendo la duplicación innecesaria de datos.
  • Escanear los escáneres : la metodología está diseñada para aprovechar al máximo el trabajo y el análisis que ya están realizando instituciones y organizaciones prestigiosas identificadas en la Recomendación 2018/1149 y destacadas por los expertos y las partes interesadas consultadas.
  • Flexibilidad y adaptabilidad : la metodología está diseñada para mantener un grado significativo de flexibilidad y adaptabilidad a fin de garantizar que pueda adaptarse con el tiempo en caso de nuevos desarrollos, cambios y ajustes a la legislación pertinente, así como en el caso de que estén disponibles nuevas fuentes de datos.

Contexto de la política y del proyecto

Los recursos minerales naturales pueden ser un motor de desarrollo y generar ingresos y crecimiento económico para las economías locales; sin embargo, también pueden contribuir al estallido de conflictos violentos y a la explotación de las comunidades locales.

La Unión Europea (UE) se ha comprometido a garantizar que sus importaciones de minerales y metales se obtengan de forma responsable y se ajusten a las políticas europeas en materia de prevención de conflictos y desarrollo. A la luz de este compromiso, el Reglamento (UE) 2017/821 («el Reglamento») exige a los importadores de la UE de estaño, tantalio, tungsteno y oro (y los minerales que los contienen) que lleven a cabo la debida diligencia en la cadena de suministro basándose en el enfoque de cinco pasos establecido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

La Dirección General de Comercio de la Comisión Europea (DG TRADE) ha contratado a RAND Europe para llevar a cabo un proyecto destinado a elaborar una lista indicativa, no exhaustiva y actualizada periódicamente de zonas de alto riesgo y afectadas por conflictos (tal como se establece en el artículo 14(2) del Reglamento). El objetivo de este proyecto es desarrollar y mantener actualizada dicha lista de zonas de alto riesgo y afectadas por conflictos para facilitar la calibración de los esfuerzos de diligencia debida realizados por los importadores de la UE de los metales y minerales pertinentes. 

 

 

 

 

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